Planes de pago

Este ente de control ha establecido un plan de facilidades de pago para cancelar deuda morosa por falta de pago de Declaraciones Juradas, intereses y multas impuestas por la falta de presentación de Declaraciones Juradas. La decisión adoptada no implica en modo alguno condonación de los montos adeudados, sino la regularización de deudas con sus correspondientes intereses, otorgándose para ello diferimientos en el pago, entendiendo que el fraccionamiento en cuotas de los montos adeudados otorga al usuario una mayor capacidad de pago.

El plan establecido se instrumenta en cuotas mensuales y consecutivas, que podrán variar entre DOS (2) y hasta VEINTICUATRO (24), no pudiendo el monto de las mismas ser inferior a PESOS CIEN ($ 100.-), o CUATRO MIL (4000) Unidades de Tasación en el caso de las multas. El sistema de amortización es el denominado Sistema Francés y la tasa de interés será variable sobre el saldo a pagar, estableciéndose para ello la tasa activa del Banco de la Nación Argentina (cartera general).

Los morosos que deseen acogerse a este régimen de facilidades de pago deberán presentar una solicitud ante esta comisión nacional, que determinará, en función al monto de la deuda existente al día de la presentación formal de prestador, el número de cuotas que integrarán el plan de facilidades de pago.

Las personas jurídicas interesadas, deberán presentar (de acuerdo al tipo societario) la siguiente documentación: fotocopias de Contrato Social, Estatuto Social, última Acta de Distribución de cargos, Poder, etc. En todos los casos las fotocopias deben estar certificadas por Juez de Paz o Escribano y legalizada su firma por el Colegio Público de Escribanos en caso de extraña jurisdicción, excepto que el titular se presente en el Área Obligaciones de Pago y Administración de Cobranzas, Perú 103 Piso 15º, de 11 a 16 hs, con original y fotocopia de la documentación requerida. En caso de persona física deberá presentar fotocopia del DNI.

Para todos los casos será indispensable constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El incumplimiento en tiempo de las obligaciones establecidas en dicho plan por parte del usuario producirá la caducidad del mismo, pudiendo el organismo reclamar, por las vías legales acordadas, el total de la suma adeudada como sí fuera de plazo vencido, con más los correspondientes intereses moratorios y punitorios e iniciar el procedimiento de caducidad de la licencia de prestación correspondiente.


 
 

¿Necesitás ayuda o más información? Contactanos

Respondemos consultas a través de nuestro call center al 0-800-333-3344 y por mensaje directo en nuestras redes sociales, de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Atendemos al público de manera presencial:

Centro de Atención al Usuario en Perú 598, CABA, de lunes a viernes de 8:30 a 15 horas.

Delegaciones provinciales, de lunes a viernes de 8 a 14 horas.

Mesa de Entradas de Perú 103, CABA, de lunes a viernes de 10 a 14 horas