Derechos y Aranceles Postales

Acerca del canon


Toda persona de existencia ideal que desee  transportar y/o entregar correspondencia de terceros, ya sea como actividad principal o accesoria, en forma regular u ocasional, nacional y/o internacional, deberá inscribirse en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. Para inscribirse y para mantener la inscripción en dicho registro como prestador de Servicios Postales, es condición (entre otras), acreditar el pago del derecho correspondiente de $ 5.000 anuales.

Es importante destacar que, el incumplimiento de las obligaciones fiscales, sociales y previsionales será causal de baja del Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. El prestador que habiendo sido dado de baja de pleno derecho por no acreditar el cumplimiento de los requisitos para el mantenimiento de la inscripción en el registro de prestadores y que no hubiese continuado en el ejercicio de la actividad, podrá solicitar su reinscripción en los siguientes plazos y condiciones:

a) Abonando un adicional de UN MIL ($ 1.000), en concepto de renta postal, hasta TREINTA (30) días corridos siguientes al día del vencimiento del pago del derecho anual.
b) Abonando un adicional de DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500), en concepto de renta postal, hasta NOVENTA (90) días corridos siguientes al día del vencimiento del pago del derecho anual.


 
 

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