Servicios Postales - Certificaciones para los Operadores Postales para Procedimientos de Contratación

Los trámites que encontrará en esta página deben gestionarse de manera online a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

¿En qué consiste?

La Resolución CNCT Nº 111/1995, modificada por su similar Nº 3/1996, regula el procedimiento mediante el cual los Operadores Postales (Correo Oficial y Prestadores de Servicios Postales) pueden solicitar la emisión de Certificados para presentar en procesos de contratación, tanto en el ámbito público como privado. De acuerdo a dicha normativa, los Certificados sólo pueden versar sobre el cumplimiento de los requisitos de inscripción, el nivel de respuesta del Operador a los reclamos de los clientes y/o existencia de sanciones ejecutoriadas.

¿Qué documentación se debe presentar? Requisitos

1.- Nota solicitando la emisión de la certificación, suscripta por representante legal o apoderado de la sociedad, en la que deberá indicarse:
             - ante quién será presentado.
             - trámite para el cual se solicita.
             - información que se necesita acreditar (sólo se certifica sobre el cumplimiento de los requisitos de inscripción, el nivel de respuesta del operador a los reclamos de los clientes y/o existencia de sanciones ejecutoriadas).
              - tipo de trámite (normal/ urgente). (*)

(*) Si en la solicitud se omite indicar el tipo de trámite se considerará de trámite normal.

¿Cómo se hace?

  1. Ingresar en la plataforma TAD,
  2. Luego seleccionar el trámite llamado “POSTALES” y elegir la opción llamada “CERTIFICACIONES PARA LOS OPERADORES PARA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN”.
  3. Completar los datos solicitados en “Datos del Trámite”.
  4. Adjuntar la DOCUMENTACIÓN REQUERIDA.
  5. Hacer clic en el botón confirmar trámite.
¿Cómo continúa el trámite una vez realizada la presentación por TAD?
  1. Si la documentación presentada contiene errores, se solicitará por medio de TAD, la subsanación del error.
  2. En el caso de estar correcta la documentación enviada, se procederá a la emisión del certificado de inscripción.
  3. A los fines de agilizar el trámite, se realizará el envío del Volante de Pago, mediante una notificación por TAD, para abonar la certificación emitida.
  4. Realizar el pago en los diferentes canales indicado por ENACOM.
  5. Enviar mediante TAD el comprobante de pago emitido (respondiendo la notificación electrónica enviada por ENACOM).
  6. Una vez recibido el comprobante de pago, ENACOM enviará mediante TAD al interesado la certificación firmada por la autoridad correspondiente.

¿Cuánto vale?

-Trámite Común (3 días): $ 33.000
-Trámite Urgente (1 día): $ 55.000

El pago de las Certificaciones para los Operadores Postales para Procedimientos de Contratación puede efectuarse: 

* En la Tesorería del ENACOM, sita en Perú N° 103, 1º Piso (C1067AAC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 14:00 hs. Es el medio más efectivo, teniendo en cuenta que su imputación es inmediata.

* En cualquier sucursal del Banco Nación. 

* Medios de pago electrónico.
      - Pagomiscuentas.com
      - Pagos Link
      - Interbanking 

Pasos para habilitar el pago por medios electrónicos: 
1) Activar la relación “eRecauda” mediante el Administrador de Relaciones de la cuenta AFIP (por única vez)
      a)      Acceda a su cuenta AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior
      b)      Seleccione “Mi Agenda”
      c)     Seleccione “Administrador de Relaciones de Clave AFIP”
      d)      Seleccione el botón “Nueva relación” y complete los datos que se le solicitan
      e)      Busque el servicio “eRecauda” como servicio dependiente del “Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas”
      f)       Complete los datos del representante. Ha finalizado el proceso de activación. 

2) Ingrese a su cuenta del medio de pago electrónico adherido:
     a)      Diríjase a la sección “Servicios AFIP”
     b)      Seleccione la opción que le permita pagar un VEP ya generado
     c)       Deberá ingresar la CUIT del ENACOM en el campo “CUIT del generador del VEP a pagar”. La CUIT del ENACOM es 30-71512040-9 

Estos pasos sólo se hacen en el primer pago; luego aparecerán directamente en sus comprobantes habituales. 

- Por transferencia bancaria. Hasta el día 31/12/2022 continuará la recepción del pago mediante transferencia bancaria. Luego de esa fecha queda sin efecto el referido medio de pago.

En el caso de realizar transferencia, a efectos de imputar correctamente su pago, le requerimos que atienda y ejecute estrictamente las siguientes consignas

1. Los pagos deberán ser informados a la casilla de correo  transferencias@enacom.gob.ar  
2. En la referencia de su mensaje de correo deberá indicar:
  1. Obligación pagada ej. Certificación urgente – certificación normal.
  2. CUIT del titular
  3. Nombre del titular
3. En el cuerpo del mensaje indique:
  1. Monto pagado
4. Adjuntar el comprobante de la transferencia efectuada.

IMPORTANTE: Se recuerda que el pago debe realizarse siempre con posterioridad a la recepción del Volante de Pago mediante la notificación vía TAD.

Por último corresponde hacerle saber que, el pago efectuado deberá ser acreditado en el correspondiente expediente electrónico.

¿Quién puede/debe efectuarlo?

Puede efectuarlo el Correo Oficial y todo Prestador de Servicios Postales inscripto en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales o en el Subregistro de Prestadores de Servicios de Mensajería. La nota de solicitud debe ser suscripta por representante legal o apoderado de la sociedad, con personería debidamente acreditada.

¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?

Ninguna.

Tiempo desde la solicitud hasta la entrega:

Trámite Común: 3 (TRES) días.
Trámite Urgente: 1 (UN) día.

¿Qué vigencia tiene el documento tramitado?

Las certificaciones serán válidas sólo para el trámite que se consigne en la solicitud y por un plazo de TREINTA (30) días corridos, salvo notificación expresa al destinatario del mismo hecha por Enacom.