¿En qué consiste?
La inscripción para el desarrollo de la actividad postal podrá ser cancelada, en cualquier momento, a requerimiento del Prestador Postal, mediante la presentación de la correspondiente solicitud de baja ante el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, a través de la plataforma Trámites a Distancia –TAD–, conforme a los requisitos y procedimientos establecidos por la normativa vigente.
¿Cómo se hace?
Deberá ingresar mediante
TAD y completar la siguiente información:
- Ingresar en la plataforma TAD.
- Seleccionar el trámite llamado “POSTALES”, “INICIAR TRÁMITE” y elegir la opción llamada “BAJA DE PRESTADORES DE SERVICIOS POSTALES”.
- Completar los datos solicitados en “Datos del Trámite”.
- Completar los datos solicitados en “Inscripción de Prestadores de Servicios Postales”.
- Completar los datos solicitados en “Baja de prestadores de servicios postales”.
- Hacer clic en el botón “confirmar trámite”.
Si la documentación presentada contiene errores, se solicitará por medio de
TAD, la subsanación de los mismos.
¿Cuánto vale?
El trámite es gratuito.
¿Quién puede/debe efectuarlo?
La documentación debe ser ingresada mediante TAD por el representante legal o apoderado de la sociedad, personería que deberá estar acreditada en las actuaciones. En el caso estipulado por la normativa vigente, podrá ser iniciado por una persona física.
¿Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo?
El proceso de baja de inscripción no exigirá presencialidad alguna.