Postales - Preguntas Frecuentes

 
Los objetos y sustancias cuyo envío no está permitido son:
  • Sustancias que por naturaleza o embalaje contengan peligro para las personas que la manipulan, para otros envíos y para los equipos postales o medios de transporte.
  • Sustancias inflamables, explosivas, consideradas peligrosas o cuyo derrame represente agresión química a seres humanos u objetos.
  • Armas (excepto las de uso civil desarmadas, sin municiones y con la documentación reglamentaria), pólvora, municiones y afines.
  • Material radioactivo en general (excepto envíos de la CONEA u otro organismo equivalente) y material biológico (excepto autorizaciones expresas realizadas por convenios del Correo Argentino).
  • Animales vivos y plantas.
  • Drogas, estupefacientes, medicamentos psicotrópicos y psicofármacos en general, salvo entre personas físicas o jurídicas habilitadas para la medicina o farmacología.
Los envíos de cheques, valores, joyas u otros objetos de valor sólo podrán efectuarse por medio de empresas que ofrezcan servicios con valor declarado, cuyo costo de seguro se cobra al usuario.
Es requisito acreditar la identidad por lo que deberán presentar DNI conforme a la normativa vigente de fondo. Los extranjeros deben presentar pasaporte o cédula de identidad de países limítrofes.
El Telegrama, Ley 23.789, es un servicio gratuito que presta el Correo Oficial de la República Argentina. Puede acceder a información detallada acerca de los beneficiarios de este servicio en el siguiente link: http://www.correoargentino.com.ar/pagina/telegramas-ley-nacional
Conforme al artículo 3º del Decreto PEN 1187/1993 "los precios y servicios del mercado postal local e internacional se pactarán libremente entre las partes, sin intervención de la autoridad pública". El Servicio Postal Básico Universal no se encuentra comprendido en la norma mencionada. Está formado por una serie de prestaciones básicas que deben ser accesibles a toda la población del territorio de la República Argentina. Es brindado por el Correo Oficial de la República Argentina S.A. y los valores vigentes son los siguientes:
  • Carta simple de hasta 20 gramos: $ 5.
  • Telegrama simple de hasta 20 palabras: $ 25.
  • Giro postal:
    -Desde $0.01 hasta $100: $8.
    -Desde $100.01 hasta $200: 8% del total del monto que se envía.
    -Desde $200.01 hasta $1000: $20.
• Verifique que la empresa prestadora del servicio sea un operador postal habilitado por Enacom. Las empresas habilitadas para prestar servicios postales son el Correo Oficial de la República Argentina y las empresas inscriptas en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales y Subregistro de prestadores de servicios de Mensajería, a quienes el Ente Nacional de Comunicaciones otorga un certificado de inscripción que cuenta con el número de registro correspondiente y puede ser exigido por el cliente.

• El Correo Oficial de la República Argentina, por ser la empresa que tiene a su cargo la prestación del Servicio Oficial de Correo, está exento de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

• Antes de realizar un envío postal, solicite al prestador información acerca de las condiciones y estándares de calidad del servicio. Asegúrese de que la localidad a la que se dirige el envío esté dentro del ámbito de cobertura de la empresa que contrate.No todos los prestadores postales inscriptos en el Registro Nacional de Servicios Postales y en el Subregistro de prestadores de servicios de Mensajería están habilitados a brindar todos los servicios postales. Puede consultar en el Ente Nacional de Comunicaciones (Dirección Nacional de Control de Servicios Postales) los servicios habilitados para cada empresa. El Correo Oficial está habilitado para brindar todos los servicios postales en todo el territorio nacional.

• También recuerde que los envíos simples no dan lugar a indemnización, en caso de pérdida, extravío, destrucción, etcétera.
 
 

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