ENACOM - Ente Nacional de Comunicaciones

Servicio Universal Portada

Convocatoria Aportes No Reembolsables -Proyecto Chaco Conectado

CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DE APORTES NO REEMBOLSABLES, DESTINADOS AL PROYECTO CHACO CONECTADO, PARA EL DESPLIGUE DE RED Y PRESTACIÓN DE SERVICIO FIJO DE ACCESO A INTERNET EN EL MARCO DEL “PROGRAMA DE ACCESO A SERVICIOS TIC A POBLACIONES DE ZONAS ADVERSAS Y DESATENDIDAS PARA EL DESPLIEGUE DE REDES”


El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), Autoridad de Aplicación del Fondo Fiduciario de Servicio Universal (FFSU), convoca a los Licenciatarios de Servicios TIC con registro de Servicio de Valor Agregado- Acceso a Internet, a la presentación de proyectos para su financiamiento mediante Aportes No Reembolsables (ANR), en el marco del “PROYECTO CHACO CONECTADO”, al amparo del “PROGRAMA DE ACCESO A SERVICIOS TIC A POBLACIONES DE ZONAS ADVERSAS Y DESATENDIDAS PARA EL DESPLIEGUE DE REDES” (en adelante “el PROGRAMA”), aprobado por la Resolución ENACOM Nº 727/20, prorrogado por Resolución ENACOM Nº 1507/2022, ratificada por su similar Nº 1662/2022

El objeto de la Convocatoria aprobada bajo Resolución N° 1858/2022 es el de alentar eldespliegue de redes para acceso a los servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en aquellas zonas que, por sus características, ya sea de índole geográfica, demográfica y/o de cualquier otra, resulten de dificultoso acceso, generando condiciones desfavorables para el despliegue de redes por parte de los licenciatarios de servicios TICs y consecuentemente se encuentren total o parcialmente desatendidas en la provincia del CHACO.

Podrán presentar PROYECTOS quienes sean Licenciatarios de Servicios TIC y cuenten con registro del servicio de valor agregado –Acceso a Internet-.

Los fondos previstos para el presente proyecto provendrán del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, previsto en la Ley Nº 27.078. Se financiará el CIEN POR CIENTO (100%) de las Inversiones Financiables del PROYECTO correspondientes a los Puntos 7.1.1 al 7.1.4, en concepto de Aporte No Reembolsable (en adelante, ANR). Además, se financiará hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) del monto que surja del punto 5.2, para la contrataciónde “Servicios” según se establece en el Punto 7.1.5, en concepto de ANR.

Para descargar el modelo correspondiente al Plan de Inversiones presionar aquí

Para más información, descargue las Bases y Condiciones (pliego) y el Modelo de Convenio desde los botones adjuntos.

A partir de la presente publicación, queda establecido que los licenciatarios que presenten propuestas correspondientes a los programas y proyectos del Servicio Universal, no deberán solicitar el certificado de libre deuda a ENACOM, dado que será el propio organismo el encargado de expedirlo. En virtud de esto, el certificado correspondiente será incorporado oportunamente al expediente cuando se encuentre disponible, sin que esto afecte el procedimiento de análisis de los proyectos presentados.        
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